lunes, 11 de abril de 2011

La póliza... esa desconocida.



Hay miles de seguros que nos podemos encontrar en la calle diariamente. Seguros que nos venden y nos revenden. Pero para saber que firmamos, tenemos que saber que clase de documentos tendremos que emplear en el futuro para reclamar nuestro dinero, después de algún contratiempo. Uno de ellos, quizás el mas importante, es la póliza.


A la hora de hablar vulgarmente, se suele confundir el contrato de seguros con la póliza. No tendríamos que caer en el error, pues una contrato de seguros se tiene que dar obligatoriamente para que el seguro sea totalmente eficiente y legal, pero la póliza seria solamente el nombre del documento físico que firmamos a la hora de contratar un seguro.

Pues bien, tenemos que la póliza es el instrumento escrito en el cual constan las condiciones del contrato. Aunque no es indispensable para que exista el contrato, a día de hoy se ha impuesto como un documento sin excepciones.


Como hemos dicho antes, es el documento principal de un contrato de seguros. Pero además, tenemos que tener en cuenta que en el, constan los derechos y obligaciones de las partes, distribuidos en varios folios. Las condiciones generales están impresas, y las condiciones particulares suelen ser rellenadas posteriormente delante del cliente, mecanografiadas principalmente.
Entre las clausulas generales que suelen venir, tenemos:
  • Función económica: elimina la incertidumbre económica sobre el futuro logrando aumentar la eficiencia, estabiliza la riqueza, combate la pobreza y estimula el ahorro.
  • Función social: estimula la previsión, contribuye con el mejoramiento de la salud.
Estos aspectos del seguro, son comunes para todo el mundo. Las aseguradoras obtienen todos los años, grandes cantidades de dinero derivadas de estas clausulas principales o funciones del seguro.

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